CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2011, de
la Dirección General de Formación Profesional Autónomos
y Programas para el Empleo del Servicio Andaluz
de Empleo, por la que se regula el acceso del alumnado
a las acciones de formación, dirigidas a la obtención
de los certificados de profesionalidad de nivel I, II y III
Segundo. Nivel II de Cualificación.
El requisito formativo de acceso a los certificados de profesionalidad
será al menos uno de los siguientes:
a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria.
b) Estar en posesión de certificado de profesionalidad del
mismo nivel que el módulo o módulos formativos y/o certificado
de profesionalidad al que se desea acceder.
c) Estar en posesión de un certificado de profesionalidad
de nivel 1 de la misma familia y área profesional.
d) Cumplir el requisito académico de acceso al ciclo formativo
de grado medio establecido: segundo curso de Bachillerato
Unificado Polivalente (BUP) o Título de Técnico o de
Técnico Auxiliar; o bien haber superado las correspondientes
pruebas de acceso reguladas por la administración educativa.
e) Tener superada la prueba de acceso a la Universidad
para mayores de 25 años y/o 45 años.
f) Tener los conocimientos formativos o profesionales suficientes
que permitan cursar con aprovechamiento la formación,
en los términos previstos en los siguientes apartados:
1. Estar en posesión del título de Graduado Escolar de la
Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación
y Financiamiento de la Reforma Educativa, o equivalentes.
2.Acreditar formación no reglada en las competencias
relacionadas en el certificado de profesionalidad, mediante
diplomas acreditativos expedidos por los diferentes
Servicios Públicos de Empleo de, al menos,
120 horas lectivas o mediante cualquier otro diploma
acreditativo de, al menos, 240 horas lectivas.
3. Acreditar una experiencia profesional de, al menos, 12
meses en las competencias del certificado de profesionalidad
que desea realizar.
4. Superar las pruebas de acceso que, en su caso, convoque
el Servicio Andaluz de Empleo.
Fdo.- Andrés Belmonte Medina
Sº Administración y Formación
TCM-UGT-Andalucía










